martes, 20 de enero de 2015

Ante los futuros cambios en el reglamento general de circulación del 2015...


Según nota de la DGT: (20/01/2015)
Ni se va a limitar la velocidad de los peatones ni a sancionar a aquellos peatones implicados en un accidente o infracción que den positivo en alcohol o drogas. 
Al hilo de algunas informaciones relacionadas con el nuevo Reglamento General de Circulación que está pendiente de aprobación, queremos aclarar algunas cosas. 
Por ejemplo, que en ningún caso este Reglamento plantea limitar la velocidad a los peatones, que como es lógico, podrán seguir caminando, corriendo o practicando deporte como hasta ahora.
La polémica ha surgido a raíz de una errónea interpretación de un artículo que se recoge en el Reglamento de Circulación desde 1992, el art.48.4º f que dice textuamente: "Los vehículos en los que su conductor circule a pie no sobrepasarán la velocidad del paso humano, y los animales que arrastren un vehículo, la del trote". 
Hace alusión a personas que por cualquier circunstancia pudieran caminar llevando algún tipo de vehículo, una moto por ejemplo. Un carrito de bebé no es un vehículo.




Sobre las pruebas de alcohol y/o drogas a los peatones, la Ley de Seguridad Vial que entró en vigor el pasado 9 de mayo ya recoge la obligación para cualquier conductor o ciclista de someterse a una prueba de alcohol o drogas. 
En el caso de los peatones, sólo si se ven implicados en un accidente o infracción de tráfico y no conlleva ningún tipo de sanción ( art.12.2).
La incidencia del alcohol y las drogas en los accidentes mortales de peatones es un tema que nos preocupa teniendo en cuenta que en 2013 murieron 378 peatones y según una estimación del Instituto Nacional de Toxicología, el 44% dieron positivo a alcohol o drogas.

Y según la noticia de elcorreo.com: 

El Consejo de Estado rechaza que Tráfico aumente la velocidad en las autovías y la disminuya en las ciudades.


Ni el incremento puntual de la velocidad en autovías y autopistas, ni la reducción a 30 kilómetros en algunas calles es viable a juicio del Consejo de Estado. 
En su dictamen sobre el proyecto de Reglamento de Circulación, que no es vinculante para el Gobierno, solicita a la Dirección General de Tráfico que tenga menos prisa en aprobar la medida y que consensúe su contenido con los ministerios y administraciones afectadas por la aplicación de sus artículos.
El reglamento, estrella en la política emprendida por la responsable de la DGT, María Seguí, ni siquiera cuenta con el respaldo del Ministerio del Interior del que depende. El informe que ha realizado la Secretaría General Técnica del Ministerio "no es favorable a aprobación de la norma proyectada y otro tanto se puede decir del Ministerio de Fomento", según la Cadena Ser, que tuvo acceso al dictamen sobre el Reglamento de Circulación.
Y es la que es considerada como la palada de 'cal' de la normativa, el incremento a 130 km/h en autovías y autopistas ,ha puesto en guardia al departamento que dirige la ministra Ana Pastor. Al parecer, ese incremento "disminuye la conciencia de riesgo de los conductores e incrementará el número de accidentes". Amén del coste que ya se ha ido efectuando con la dotación de paneles electrónicos para aplicar ese incremento de velocidad puntual, Fomento recuerda que la mayoría de las autovías se han construido, por su tipo de trazado y peralte, para garantizar la seguridad en circunstancias normales la velocidad a 120 km/h. Pero es que agrega que la "sociedad española no reclama esta medida".
La DGT también tiene en frente a Fomento con la rebaja de la velocidad máxima a 90 km/h en las carreteras convencionales, media que prevé que los conductores interpreten como "recaudatoria" por la consiguiente acción de los radares.
Pero el Consejo de Estado va más allá con las velocidades. En el dictamen 884/2014, emitido el pasado 27 de noviembre por la Comisión Permanente, considera que rebajar la velocidad máxima en las calles de un carril por sentido o de dirección única causará "colapso de las ciudades" y se adentra en competencias de los ayuntamientos. Algunos gobernados por el PP ya han empezado a marcar carriles y calles con esta velocidad.
Bicicleta
Otra de las medidas 'estrella' de la DGT tanto en el Reglamento como en la propia Ley de Seguridad Vial es todo lo relativo a la bicicleta, sobre la que incluso se barajó crear una licencia específica o un seguro obligatorio. En este punto el Consejo de Estado es taxativo y reclama que "se suprima todo el capítulo o bien sea reconsiderado en su conjunto".
El proyecto de Reglamento autoriza a los menores de 14, acompañados por su padre, puedan circular por las aceras. El dictamen recuerda el asunto y advierte que las bicis como no están sujetas a seguro obligatorio, «los atropellos de peatones en aceras, más que previsibles, quedarán a cargo del erario público». Incluso rechaza que las bicis puedan circular en determinadas autovías por el arcén, lo que por ley está prohibido a ciclomotores o tractores por no alcanzar la velocidad mínima permitida de 60 kilometros por hora.
Además, la Dirección General de Tráfico (DGT) aclaró que los límites de velocidad para peatones que se incluyen en el proyecto de Reglamento de Circulación se refieren a personas que arrastren o guíen vehículos, como una moto cogida del manillar o un vehículo de tracción animal.
En el caso de que alguien circule por la acera o por el arcén guiando un vehículo deberá hacer al paso de los peatones y no corriendo, pero "en ningún caso se va a multar a nadie por hacer 'running' o por ir corriendo con un carrito de bebé", han señalado fuentes del departamento que dirige María Seguí, que responden así a las observaciones realizadas por el Informe del Consejo de Estado a esta normativa.