miércoles, 22 de julio de 2015

Modificación sobre el uso de sistemas de retención infantil

El pasado 17 de Julio,  por medio del Real Decreto 667/2015, se ha modificado el Reglamento General de Circulación, en lo referido a cinturones y el uso de los sistemas de retención infantil homologados.

 
Dichos cambios los podemos resumir en lo siguiente:
  • Los menores de 18 años, de estatura igual o inferior a 135cm, en los vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, deberán viajar en los asientos traseros, a excepción de que:
    • El vehículo no disponga de asientos traseros.
    • Los asientos traseros ya se encuentren ocupados por menores en sus mismas condiciones.
    • No sea posible la instalación en los asientos traseros de todos los sistemas de retención.
En cualquiera de estos casos anteriores, se podrá ocupar el asiento delantero, usando en todo caso un sistema de retención, adaptado a su peso y talla.



  •  En los Taxis, en recoridos por tráfico urbano, se permite transportar a personas de estatura inferior a 135cm, sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero.