Dichos cambios los podemos resumir en lo siguiente:
- Los menores de 18 años, de estatura igual o inferior a 135cm, en los vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, deberán viajar en los asientos traseros, a excepción de que:
- El vehículo no disponga de asientos traseros.
- Los asientos traseros ya se encuentren ocupados por menores en sus mismas condiciones.
- No sea posible la instalación en los asientos traseros de todos los sistemas de retención.
- En los Taxis, en recoridos por tráfico urbano, se permite transportar a personas de estatura inferior a 135cm, sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero.