jueves, 17 de julio de 2014

420 víctimas de accidentes podrían salvarse gracias a la tecnología

Los sistemas tecnológicos avanzados son ya una realidad, aunque en España su implantación está siendo más lenta de lo deseado: sólo un 2% de los 22 millones de turismos que componen el parque automovilístico español incorpora alguno de estos sistemas.





Con el fin de dar a conocer los sistemas tecnológicos avanzados en los coches, la Fundación Línea Directa ha presentado en Madrid el estudio “Los sistemas tecnológicos avanzados para la prevención de accidentes de tráfico”. El informe analiza los 83.115 accidentes con víctimas(heridos leves, graves y fallecidos) registrados en 2012, y se centra en los cuatro sistemas de conducción preventiva más eficaces en la reducción de la siniestralidad según los tests de EuroNCAP. Además, se ha tenido en cuenta la oferta disponible en el mercado de 22 marcas de coches, que representan el 77% de los turismos matriculados en el último ejercicio.
Los sistemas tecnológicos que equipan los automóviles aplicados a la seguridad vial se caracterizan por su carácter preventivo, trabajando activamente sobre el entorno para actuar de manera autónoma tratando de anticiparse al accidente. El objetivo es acabar con el desconocimiento existente sobre estos sistemas, concienciar sobre su importancia, conocer cuáles son los más eficaces y demostrar los beneficios que reportaría su uso generalizado. Así, la principal conclusión del estudio es que los cuatro sistemas más relevantes en la prevención de accidentes podrían evitar más del 22% de los accidentes mortales que se producen cada año en España, es decir,esta tecnología salvaría la vida de 420 personas todos los años. Además, su uso combinadoreduciría en casi 23.000 los accidentes con víctimas cada año (un 27,5%).
Los principales sistemas sería el frenado de emergencia autónomo (AEB), que realiza una frenada de emergencia cuando detecta una colisión inminente, y aplica los frenos de forma autónoma ante el riesgo de colisión, utilizando el cien por cien de la capacidad de frenado o solo una parte. La ayuda al mantenimiento de carril (LKA), que reconoce las líneas del carril por el que circula el coche y en casa de que la trayectoria se desvíe y se pise alguna línea sin accionar el intermitente, avisa mediante vibración en el volante y con un mensaje en el cuadro de mando, corrigiendo la trayectoria de forma automática si el conductor no reacciona ante el aviso. La detección de fatiga (DDD), que analiza el nivel de atención del conductor y le avisa si detecta cansancio mediante señales acústicas y visuales. La monitorización de ángulos muertos (BSM), cuya función es informar de la presencia de vehículos en las zonas que quedan fuera del alcance visual de los espejos retrovisores, por detrás y en el lateral del coche.
La implantación de estos sistemas todavía deja mucho que desear en España, incorporando al menos de los sistemas solo un 2% de los 22 millones de coches que componen el parque automovilístico. Por otra parte, la oferta disponible en las marcas va creciendo de forma significativa.El coste medio de cada una de estas tecnologías ronda los 1.000€, aunque ya es posible encontrar en el mercado alguna de ellas desde 45€.

lunes, 7 de julio de 2014

Analizando el efecto que tiene el color del asfalto y los vehículos en la seguridad vial

Aunque es un elemento que pocas veces se tiene en consideración, está demostrado que los diferentes colores que percibe el ser humano afectan en su conducta, lo que adquiere una especial importancia cuando hablamos de elementos que intervienen directamente en la seguridad vial, como los coches o la carretera.
A pesar de que la conducción es una de las labores que más atención debería requerir, en numerosas ocasiones un importante número de acciones relacionadas se realizan de forma semiautomática, sin que el conductor tenga plena consciencia de las acciones. Por este motivo, adquiere gran importancia el tema de los colores, porque permiten que el conductor visualice unas décimas de segundo antes aquellos coches con colores más llamativos, lo que en ocasiones puede llevar a evitar accidentes. No en vano, está demostrado que son los colores oscuros (marrón y negro) los que tienen una mayor posibilidad de verse involucrados en accidentes de tráfico.

Con respecto al color que se utiliza para señalizar las líneas y marcas viales en la carretera, el blanco y el amarillo, el uso se debe a que son los colores que más resaltan (el blanco al estar combinado con el negro, y el amarillo porque está probado que es el color que más detecta el ojo humano), así como que son colores que no pueden ser confundidos por personas con daltonismo.
Respecto al color del asfalto, que casi siempre es de una tonalidad negra (a pesar de lasdiferentes propuestas que hemos ido conociendo en Tecnocarreteras, alguna de la cuales se ha implantado en zonas reducidas), también afecta más de lo que nos creemos. Está demostrado quecuanto mayor es la intensidad del color negro del asfalto, los conductores lo asocian de forma automática con una mayor seguridad, lo que ocasiona que circulen a una mayor velocidad, con el peligro correspondiente.
Sin duda, el tema de los colores, y la forma en la que afectan a todas las actividades de las personas, y en especial a la conducción, demuestra la cantidad de factores que nos influyen cuando estamos al volante, muchos de los cuales no siempre son obvios a simple vista.

lunes, 16 de junio de 2014

Aprende a “leer” las ruedas del coche

Según la Subdirección General de Movilidad de la DGT, más de un millón de vehículos circulan con defectos muy graves en las ruedas y tres de cada cuatro accidentes con víctimas originados por problemas del vehículo,  están relacionados con defectos en los neumáticos.



Dado el notable incremento de ventas de neumáticos low cost y de segunda mano, el pasado mes de abril, la Fundación CEA dio la voz de alarma al señalar que los españoles anteponen el precio y la duración de las ruedas, antes que la seguridad. Muy pocos tienen en cuenta la etiqueta porque no saben leerla.

  Desde el 1 de julio de 2012 todos los fabricantes están obligados a poner una etiqueta a todos los neumáticos producidos a partir de esa fecha. El objetivo de esta norma europea es informar a los consumidores de tres aspectos claves del neumático respecto a la fiabilidad y seguridad de la rueda: eficiencia en consumo de combustible, adherencia en superficie mojada y ruido de rodadura exterior. Visualmente es muy parecida a la de los electrodomésticos, pero 7 de cada 10 conductores no saben leerla. ¿Aprendemos?

Antes de cambiar los neumáticos...

Comprobaremos que tanto su superficie como su estructura interna se encuentren en buen estado. Así las cosas, nos fijaremos en que la profundidad del dibujo sea superior a 1,6 mm y que el neumático no presente ni cortes ni abolladuras. Además y dado que con el paso de los años la goma va perdiendo su elasticidad y se endurece –lo que se traduce en que la rueda pierde agarre–, nos fijaremos en la “edad” del neumático. Una rueda de cinco años es una rueda “caduca”, por más que la hayamos usado muy poco y parezca intacta en superficie. La “edad” de un neumático está grabada en el costado/flanco, a continuación del código del Departamento de Transporte (DOT). Tras estas siglas, se enumeran una serie de siglas correspondientes al código del fabricante. Finalmente, aparecen cuatro números que indican la semana y año de fabricación (en el ejemplo, semana 50 del año 2008, ¡este neumático habría que cambiarlo por viejo!).




El costado del neumático incluye también las especificaciones de la llanta (tipo, ancho, relación de aspecto, construcción, diámetro del rin, índice de carga y rango de velocidad), lo que conocemos como medidas o tamaño de la rueda. Éstas tienen que coincidir siempre con las indicadas en la ficha técnica o en la documentación del vehículo.

…Cuando vamos a cambiar los neumáticos: la etiqueta

Tenemos que cambiar los neumáticos, por desgastados o por viejos. Sabemos las medidas/tamaño y, llegados al taller, nos encontramos con toda una variedad de ruedas de distintas marcas, precios y etiquetas. ¡Nos fijamos en esta última! En la etiqueta se resumen las características del neumático para saber por qué pagas una cantidad mayor o menor por unas ruedas aparentemente idénticas a las demás. La información que incluye es la siguiente:  


Resistencia a la rodadura o eficiencia en el consumo de carburante

Indicado en la columna vertical izquierda –con el símbolo de gasolinera–, los neumáticos se clasifican desde la “A” a la “G”, en función de su coeficiente de rodadura. A menor resistencia a la rodadura (“A”), menor gasto de combustible. La diferencia de consumo entre un neumático tipo “A” y uno tipo “G” variará dependiendo del tipo de vehículo, del estado de la carretera y del tipo de conducción. Pero los estándares se indican en el gráfico.

Nivel de adherencia en mojado

Indica la distancia de frenado en pavimento mojado y está representado en la columna vertical derecha –símbolo de nube con lluvia–. Tomando como referencia una velocidad de 85 km/h, la diferencia de distancia de frenado entre el “A” –más seguro– y el “G” –menos seguro– sería de hasta 18 metros en asfalto mojado.

Nivel sonoro

Esta información aparece en la parte inferior con el símbolo de un altavoz e indica el nivel de ruido exterior de los neumáticos. Se mide en decibelios (dB) y se compara con los niveles que entrarán en vigor en 2016. Hay 3 niveles: desde el 1 (menos ruidoso) hasta el 3 (nivel de ruido máximo actual, prohibido a partir de 2016). Las etiquetas se van actualizando periódicamente para ir adaptándose a las nuevas normativas de seguridad. Desde el 1 de noviembre de 2014, por ejemplo, no podrán comercializarse neumáticos de categoría “G”. En 2016, desaparecerá el actual nivel 3 sonoro y en 2018 se dejarán de fabricar también neumáticos de categoría “F”. Para más información de neumáticos entra en http://www.feuvert.es/neumaticos/todo-lo-que-deberias-saber/ o descárgate la nueva Guía de neumáticos y llantas pinchando aquí.





miércoles, 2 de abril de 2014

Seguridad Vial: España, entre las mejores de Europa

  • La tasa de mortalidad en las carreteras españolas es de 37 muertos por millón de habitantes. La media europea es de 52.

01 ABRIL 2014
El número de víctimas mortales en las carreteras en España descendió un 10% durante 2013 respecto al año anterior, lo que sitúa a nuestro país como el quinto de la Unión con menor tasa de mortalidad en carretera, con 37 víctimas mortales por cada millón de habitantes, muy por debajo de media europea (52).
La mejora de la siniestralidad es la pauta general en toda la Unión y 2013 es el segundo año consecutivo en el que desciende el número de fallecidos en las carreteras europeas: un 8% en 2013 y un 9% en 2012. De esta forma, la UE se coloca en el buen camino para lograr el objetivo estratégico fijado para 2020: reducir a la mitad las muertes en carretera durante esta década. Y aunque la seguridad vial es uno de los los grandes éxitos en Europa, aún queda mucho por mejorar: 70 personas dejan la vida en las carreteras europeas cada día.
Por países, las estadísticas varían notablemente: Reino Unido, Suecia, Países Bajos y Dinamarca son los que menos muertos tienen en proporción a su población, alrededor de 30 por millón de habitantes. Destacan además las mejoras de España, Alemania y Eslovaquia, que se unen al grupo de cabeza. Por el contrario, a pesar de sus progresos en los últimos tres años, Rumania, Polonia, Bulgaria,Croacia, Letonia y Lituania mantienen una tasa de mortalidad muy por encima de la media europea.
Y por otra parte, preocupan las cifras de los usuarios vulnerables de la vía pues aumenta el número de ciclistas fallecidos y la disminución de los atropellos a peatones es más lenta de lo esperado.

Evolución del total de fallecidos en carretera en la UE (2010-2013)

1. Eslovaquia (-39%)
2. España y Dinamarca (-30%)
3. Chipre (-28%)
4. Portugal (-23%)
5. Bulgaria (-22%)



Articulo de la revista Tráfico Abril del 2014

sábado, 22 de marzo de 2014

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves (20/03/14) la reforma de la Ley sobre Tráfico

El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La ley entrará en vigor un mes y un día después desde su publicación en elBoletín Oficial del Estado (BOE), aunque algunas de las reformas previstas deberán ser concretadas por el futuro Reglamento General de Circulación, cuya aprobación está prevista para junio. Estas son las principales modificaciones que afectarán a su vida diaria en las carreteras:
1. El casco ciclista será obligatorio en ciudad para los menores de 16 años: Después de una larga polémica, el Partido Popular ha dado marcha atrás a su intención de imponer por ley el casco ciclista en ciudad. Solo será obligatorio para los menores de 16 años. No llevarlo supondrá una multa de 200 euros, que deberán pagar los tutores legales del menor.

2. Los niños no podrán ir en los asientos delanteros: El nuevo texto prepara el terreno a los cambios previstos en el nuevo Reglamento General de Circulación. Aunque no prohíbe expresamente que los menores viajen en el puesto del copiloto, establece que “se podrá prohibir la ocupación de los asientos delanteros y traseros por los menores en función de su edad o talla”. En la práctica, una vez aprobado el nuevo código de circulación, no podrán viajar en los asientos delanteros los menores que midan menos de 1,35 metros, siempre y cuando todos los asientos traseros no estén ocupados por otros menores que tampoco llegan a esta estatura o que el vehículo carezca de asientos traseros. Hasta ahora, los menores de 12 años pueden viajar en el asiento delanteros si lo hacen con el sistema de retención infantil adecuado.

En el caso de incumplir la norma, las autoridades podrán inmovilizar el vehículo e imponer una sanción de 200 euros. En los taxis, se aplicará la misma regla, pero su incumplimiento es responsabilidad del tutor del menor y no del taxista.

3. Multa más alta para el consumo de alcohol: Aumenta de 500 a mil euros la sanción por conducir con una tasa el doble de lo permitida, es decir, a partir de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o de 0,30 para conductores noveles y profesionales. También se duplica la multa a quienes en el plazo de un año previo hubieran dado positivo por alcohol.

4. Sanción a la presencia de drogas en el organismo: La nueva ley suprime la necesidad de demostrar la influencia de las drogas en la conducción, como establece hasta ahora la norma, para poder sancionar por la vía administrativa. Bastará con que una prueba salival, que solo detecta el consumo reciente, demuestre la presencia de drogas en el organismo para imponer una multa, que también asciende de 500 a mil euros. Quedan excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con finalidad terapéutica, como la metadona.

5. Pruebas de alcohol y drogas para peatones. Los viandantes estarán obligados a someterse a un control de drogas y alcohol si cometen una infracción. Hasta el momento, solo es obligatorio si se ven involucrados en un accidente. Los peatones son, con 370 muertos, el segundo colectivo que registra más fallecidos por accidente de tráfico, solo por detrás de los ocupantes de vehículos de cuatro ruedas.

6. Nuevas velocidades máximas y mínimas. El límite máximo en autopista y autovía sigue siendo de 120 kilómetros por hora. Sin embargo, la reforma de la ley de seguridad vial contempla la posibilidad de aumentar la velocidad a 130 kilómetros por hora al incluir un cuadro de velocidades con las sanciones correspondientes a quienes excedan ese límite. Será el código de circulación el que regule dónde y cuándo se podrá circular más rápido.
Los límites de velocidad a partir de los cuales se sanciona a quien exceda la velocidad de 130 por hora serán los mismos que los establecidos para el límite de 120. Por ejemplo, tanto en una carretera limitada a 120 como en una limitada a 130, la primera franja de sanción, que supone una multa de 100 euros y no detrae puntos, se establece en el límite máximo de 150 kilómetros por hora. Sin embargo, la ley no puede modificar el límite a partir del cual el exceso es delito. Según el Código Penal, hay delito en vía interurbana cuando se circula a 80 kilómetros por hora por encima del límite permitido. Es decir, en una carretera limitada a 130, será delito circular a 210 por hora.

La ley incorpora también una nueva franja de 20 kilómetros por hora, prevista para algunas calles con un solo carril. Hasta ahora, no existían sanciones para quienes excedieran los 21 kilómetros por hora.
7. Las bicicletas podrán circular por debajo de la velocidad mínima establecida. La reforma está pensada para solucionar ciertos problemas de los ciclistas en zonas urbanas. Hasta ahora, los vehículos no pueden circular a una velocidad por debajo del 50% del límite máximo establecido, lo cual crea problemas a los ciclistas en calles como la Cuesta de la Vega en Madrid, donde, por su inclinación, es muy difícil circular a más de 25 kilómetros por hora. No obstante, sigue estando prohibido que los ciclistas circulen por autopistas.

8. Solo serán legales los avisadores de radar: ni detectores ni inhibidores. La nueva ley prohíbe expresamente la utilización de detectores de radar e impone a quien la incumpla una sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos de carné. Se mantiene la prohibición de los inhibidores, que lleva aparejada una pena mucho más severa: 6.000 euros de multa y la detracción de seis puntos. Solo serán legales los avisadores de radar, que ofrecen información sobre la ubicación de los cinemómetros en función de bases de datos. Los conductores deberán prestar atención a los navegadores que poseen, ya que muchos incluyen una función de detectores de radar. Bastará con desactivar esta función.

9. Obligatoriedad de matricular en España los vehículos de extranjeros residentes. Hasta ahora, los extranjeros residentes solo deben cumplir las obligaciones tributarias fijadas en la Ley de Impuestos Especiales, pero no es preceptivo que matriculen su coche en España, lo que en la práctica dificulta que sean sancionados o sometidos a controles. La concreción de este artículo se hará en el reglamento.

10. Obras en la vía. Será infracción grave realizar obras en la carretera sin comunicarlo con anterioridad a su inicio “a la autoridad responsable de la gestión y regulación del tráfico”.

11. Caída de carga en la vía. Este supuesto, que no estaba expresamente contemplado en la normativa, será sancionado como infracción grave por “el peligro que genera al resto de usuarios de la vía”.

12. Control en autoescuelas y centros de reconocimiento. Impedir las labores de control en centros de enseñanza y de reconocimiento de conductores será infracción, ante los casos detectados en los que se impide el acceso de miembros de la Consejería de Salud o de la Dirección General de Tráfico.

13. Los agentes podrán multar sin parar al vehículo. Se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.

14. El conductor será el responsable si atropella a un animal de caza. Hasta ahora, en los accidentes ocasionados por el atropello de especies cinegéticas, el conductor solo era responsable si había incumplido las normas de circulación. La nueva ley establece que el automovilista será siempre el responsable, a no ser que el siniestro sea consecuencia de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor –animales salvajes mayores que un zorro- llevada a cabo en el mismo día de la cacería o en las 12 horas posteriores a que concluya. Será culpable la Administración solo si “no ha reparado la valla de cerramiento en plazo” o “por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos”. En la práctica, los conductores que sufran un accidente en alguno de los casi 25.000 cotos de caza que hay en España no recibirán ninguna indemnización si mueren o resultan heridos graves. Y si tienen un seguro a terceros, también tendrán que hacerse cargo de los desperfectos en su coche.

15. Se aumenta de 15 a 20 días naturales el plazo para pagar multas con descuento del 50% y para hacer las alegaciones pertinentes.

16. Restricciones a vehículos por motivos medioambientales. Se recoge expresamente la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente liderará el desarrollo reglamentario necesario.

17. Nuevas causas de inmovilización de vehículos: Además de llevar menores sin un dispositivo de retención adecuado, será causa de inmovilización conducir sin autorización vehículos para los que se exige el permiso C (cuando la masa máxima autorizada exceda de 3500 kilos y no sobrepase los 7.500) o D (autocares).

18. Prohibición de traslado de vehículos inseguros a otros países. Se prohíbe dar de baja definitiva por traslado a otro país vehículos que no cumplen con los requisitos de seguridad y medioambientales reglamentariamente establecidos. Este artículo procede de la aplicación del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020 de la ONU, que insta a desalentar las importaciones y exportaciones de vehículos nuevos o usados que no son lo suficientemente seguros. Cada año, mueren en el mundo por accidente de tráfico 1.300.000 personas.
19. Prioridad para las grúas de auxilio en carretera. Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio tendrán prioridad de paso y recibirán el tratamiento de vehículos de urgencias. Podrán pararse o estacionarse en vías urbanas durante el tiempo indispensable para retirar vehículos, siempre que no se cree un nuevo peligro ni se cause obstáculo a la circulación.

20. Menos restricciones en la conducción a los enfermos de cáncer. La ley prevé la posibilidad de que el reglamento general de conductores, que Tráfico también pretende reformar en esta legislatura, revise las limitaciones impuestas a la conducción a los enfermos de cáncer. Las personas que padecen esta enfermedad pueden conducir en muy pocos casos, siempre que su médico, que tiene la posibilidad de hacerlo pero no la obligación, lo remita a la Dirección General de Tráfico. Debido a los avances médicos y farmacológicos, el futuro reglamento de conductores aumentará los casos en los que los enfermos de cáncer sí pueden conducir.



viernes, 7 de febrero de 2014

¿Donde está el tapón del combustible?


Seguramente alguna vez cogiste un coche y a la hora de entrar en
una gasolinera, para ponerle combustible, te surgió la duda: 

¿En qué lado está la tapa del tanque?

O puede que tengas más de un coche, seas algo despistado y, de vez en
cuando, se te olvide de qué lado tiene la tapa cada coche.

¿Qué hacer? 

¿Sacar la cabeza por la ventana y tratar de ver la tapa?

¿Elegir al azar, con un 50% de probabilidad de errar? 

Nada de eso. 

La solución esta justo debajo de tu nariz y seguramente no la conoces. 

En este caso el tapón se encuentra a la izquierda.



La flechita (◄) al lado del símbolo del surtidor de gasolina te está indicando de qué lado está la tapa. 


En este caso el tapón se encuentra a la derecha.


Así de sencillo.


Saludos.